¿Cuándo y cómo sucede el Concurso Consecutivo?
En caso de que no prospere un acuerdo extrajudicial de pago a los acreedores, este concurso consecutivo se celebra frente al juez concursal y será el último paso en el procedimiento de la ley de segunda oportunidad, tratándose de la vía que tenemos para solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
¿En qué consiste el Concurso Consecutivo?
Para comprender bien en qué consiste el concurso consecutivo, debemos diferenciar claramente las dos fases dentro del procedimiento de Segunda Oportunidad:
Por un lado, el Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
En caso de que este no llegue a buen puerto, se procederá a la pretensión de que se declare el Concurso Consecutivo.
Por otro lado, tenemos la fase de concurso consecutivo.
Primeramente, se pretenderá aprobar un plan de pagos, y en caso de que no se pueda hacer frente a la totalidad de la deuda es cuando entraría en juego la pretensión de obtener el BEPI, es decir, que se cancele la parte de la deuda a la que no se pueda hacer frente.
Esta fase debe tramitarse, siempre y cuando, el deudor no pueda cumplir con sus obligaciones de pago, habiendo convenio con los acreedores con la exigencia de liquidar el patrimonio del deudor.
Si se deja de negociar entre las partes o no se consigue aprobar un acuerdo extrajudicial de pagos es cuando entra en juego esta fase que nos ocupa.
En cuanto al tiempo que puede tardar en tramitarse esta fase dentro del procedimiento de Segunda Oportunidad, no os podemos ser rigurosos al respecto, ya que depende en gran medida de la carga de trabajo que haya en el respectivo juzgado, no obstante, no viene a extenderse mucho más allá de los siete u ocho meses.
La figura del Mediador Concursal
Con respecto a la persona encargada de promover dicho Concurso consecutivo entra en juego la figura del Mediador Concursal. A éste se le encomendarán las funciones de Administración del concurso una vez empezada esta fase del procedimiento.
Otra función que el mediador concursal tiene encomendada es la de elaborar un informe con los datos más significativos sobre la situación del deudor, así como un pronunciamiento acerca del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho que es lo que se persigue obtener en esta fase de la Segunda Oportunidad.
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¿Puede inadmitirse el concurso consecutivo?
En efecto, la demanda del concurso consecutivo se puede inadmitir. Esta inadmisión se basa principalmente en una serie de causas que detallaremos más adelante.
No obstante, existe un plazo de 10 días para subsanar o justificar los defectos procesales o materiales de que adolezca la solicitud o la documentación que la acompaña. Así pues, si acudimos al artículo 20.2 de la Ley Concursal también está la vía del recurso de apelación para recurrir cuando se inadmite la solicitud de concurso consecutivo.
¿Cómo se tramita el concurso consecutivo?
Siguiendo las reglas del procedimiento abreviado que viene recogido en el artículo 190 y ss. de la Ley Concursal, pero con las especialidades que se recogen en los artículos 242 y 242 bis de la Ley Concursal.
Causas por las que se puede inadmitir la demanda de concurso.
- En primer lugar, tenemos como causa de inadmisión de la solicitud del concurso consecutivo, el hecho de que solo haya un único acreedor. Esto sucede porque la palabra concurso ya bien lo está indiciando, pues la palabra concurso significa concurrencia, es decir, más de uno, en definitiva, se necesita pluralidad de acreedores. Esta causa de inadmisión se ve reforzada por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 28 de septiembre de 2018.
- Se inadmite también si no se persona posteriormente el deudor con abogado y procurador.
- Otro motivo de inadmisión del concurso consecutivo es el no haber intentado previamente alcanzar el Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Este motivo de inadmisión se afianza en un Auto de la Audiencia Provincial de Santander de 12 de mayo de 2017.
- En caso de que no se pueda acreditar la situación de insolvencia del deudor, el concurso consecutivo también será inadmitido, pudiendo ser dicha insolvencia tanto actual como inminente.
- El último motivo de inadmisión del concurso consecutivo al que vamos a hacer alusión es a la no acreditación de la imposibilidad de llegar a un Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Normalmente, el acuerdo extrajudicial de pagos no se alcanza bien porque los mediadores concursales no suelen aceptar el cargo en este tipo de asuntos, provocando la imposibilidad de negociar extrajudicialmente la depuración del activo y pasivo del patrimonio del deudor proponiéndose un acuerdo acorde con tales circunstancias, o bien porque, aunque se propongan dichos acuerdos, los acreedores no están obligados a aceptarlos en esta fase extrajudicial. Dicho todo esto, lo que está claro es que a la hora de solicitar el concurso consecutivo debe quedar muy claro que al Acuerdo Extrajudicial de Pagos no se ha llegado previamente no por causas imputables al deudor.
Hasta aquí nuestro artículo de hoy acerca de las causas que pueden llevar a que se inadmita el concurso consecutivo. Esperamos que os sea de interés. Si tienes alguna duda puedes enviarnos un mensaje o también nos lo puedes hacer saber a través de los comentarios.
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